Recursos Naturales Patrimonio de todos los Correntinos

El mensaje de las autoridades y de los titulares de las empresas del sector, contiene en forma recurrente la expresión de los beneficios vinculados a la generación de empleo y riquezas en el ámbito local.
Sin embargo, poco se ha expresado públicamente acerca del impacto ambiental de este proyecto, sobre de sus obras de mitigación o eventuales acciones de compensación.
El curso de agua y bosques asociados no pertenecen al patrimonio de los propietarios circunstanciales de la tierra, sino al dominio público de la comunidad. Y que los funcionarios en turno tienen la obligación de resguardar los mismo en favor de la comunidad, y bajo el mandato de normas que así lo expresan y obligan como:

El Decreto Ley de Monumentos Naturales Provinciales (Ley 4736/93).
La Ley Provincial de Preservación y Conservación de los Bosques Nativos de la Provincia de Corrientes (Ley 5175/97).
La Ley de “Interés Provincial” de la Preservación, Conservación y Mejoramiento del Medio Ambiente (Ley 4731/93).

No se opone a la agricultura, pero sí a proyectos que, como este, poseen un muy elevado impacto sobre los recursos naturales que conforman el patrimonio de todos los correntinos.


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